Rafael Álvaro Millán Calenti sigue acosando psicologicamente bajo intento de homicidio con datos malintencionados contra Miguel delgado ocultando su jactancia de poder sobre los juzgados penales.

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Reportaxes a fondo | 18 Marzo 2021 | 82814 votos | Correo electrónico | Imprimir
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Rafael Álvaro Millán Calenti contrata al marido de la Juez penal Juzgado 2  de Santiago para después meterlo de testigo en sus querellas personales de  negocios por indemnizaciones por calumnias y todo

RAFAEL ÁLVARO MILLAN CALENTI HACE PÚBLICOS DATOS JUDICIALES OCULTANDO LOS QUE NO LE CONVIENEN. VER https://archive.is/ac2uy y en http://www.rafaelalvaromillancalenti.es/2021/02/injurias-y-calumnias-ire-contando.html

Rafael Alvaro Millán Calenti ( debería volver a la universidad a realizar un curso de derecho básico ) se olvida como "letrado" funcionario y querellante que no é sido juzgado ni condenado y por tanto de ILEGAL, inmnoral, indigna y acusatoria esta violando el derecho más sagrado que ASISTE A CUALQUIER CIUDANO EN EL QUE TAMBIÉN SE LE INCLUYE,  INFRINGE mi presunción de inocencia al afirmar en su escrito, sin ser condenado por nada, recomendándole asistir a un curso como los que gestiona el mismo en la AEPD, SERGAS, etc, en clases de derecho de primero, en la USC donde enseña supuestamente derecho, para verguenza de sus alumnos, que ante las evidencias pocos resultados éticos pueden sacar de sus enseñanzas.

LOS DOCUMENTOS PÚBLICOS NO MIENTEN, TODOS DESCARGABLES SOBRE LA ACTIVIDAD DE MILLAN CALENTI EN ASUNTOS PÚBLICOS , ACOSO Y PERSECUCIÓN DE MIGUEL DELGADO E INTENTO DE HOMICIDIO CONTRA EL PERIODISTA, HECHOS Y DATOS SIN INVESTIGAR A DÍA DE HOY POR NINGÚN JUZGADO DE SANTIAGO. La preocupación del Sr Calenti siguiendo instrucciones de María del Mar Sánchez Sierra y Feijóo contra Miguel Delgado ya roza lo eticamente y moralmente indigno de un funcionario público que debería abrir expediente el Conselleiro de Sanidad por el acoso y persecución pública del periodista, que no tiene nada que ocultar, algo que no entiende el Sr Calenti a día de hoy, ni va a conseguir callar con cientos de querellas que pongan y caigan siempre en el mismo juzgado contra el periodista.

El auto de archivo dictado por el juzgado que anuncia a bombo y platillo el Sr Calenti, como profesor de derecho no debería ponerse en evidencia pública ya que es conocedor de que no es cosa juzgada, y bajo ese prisma, de pacífica y unánime aceptación, la potestad de archivar otorgada en ese momento procesal al Juez instructor no pueda ir mucho más allá de un juicio provisional de probabilidad, no correspondiéndole efectuar un juicio definitivo ni una valoración propia de la fase del plenario, vetando de tal modo el conocimiento y fallo de la causa al órgano enjuiciador, quien tiene precisamente establecida tal potestad en el Título Segundo del Libro Primero de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ( por si no lo sabe para enseñar a sus alumnos en la USC donde da calses como profesor asociado, a tiempo parcial) .

Lo que oculta y no cuenta Rafael Álvaro Millán Calenti es que, presume junto a sus abogados de tener pleno control en los juzgados penales de Santiago tras contratar al marido de la Magistrada del Juzgado 2 de lo penal de Santiago que comparte oficinas con el Penal 1, cuyas querellas estan siendo tramitadas en dicho juzgado, el marido de la juez contratado a través de su despàcho ASTERIA ABOGADOS en Santiago para sus asuntos personales contra Miguel Delgado, a la vez le cita como testigo contra el periodista Miguel Delgado al que también le esta haciendo un siguimiento investigador en los registros de las administraciones públicas, que a la vez comparten informes sobre fondos públicos autoencargados en el CECOOP al que le pasan cargos de más de 1.800 euros cada uno,  cuyos ingresos públicos fueron captados por el Sr Calenti a través de contratos públicos con la Consellería de Traballo e Benestar de la Xunta de Galicia donde tambien ejerce como letrado de la Consellería de Sanidad. Reproducimos el escrito presentado al Juzgado que siguió la querella sin respuesta a día de hoy, para que los lectores saquen sus conclusines bajo el derecho de la Libertad de Expresión que pretende PONER FIN EL SR CALENTI PARA QUE NO SE CONOZCAN PÚBLICAMENTE SUS ACTIVIDADES PÚBLICAS JUNTO A LAS DEL MARIDO DE LA JUEZ DE SANTIAGO.

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Atención al Paciente Consellería de Sanidad-Sergas con copia para el Presidente Xunta de Galicia, María del Mara Sánchez Sierra, Julio García Comesaña, y el Sr Rafael Álvaro Millán Calenti, que se negó a responder como letrado de la Consellería de Sanidad " no le interesa ".

obsesiondemillancalenticonmigueldelgadoESCRITO AL JUZGADO que decretó el archivo SIN RESPUESTA A DÍA DE HOY,  SEPULTADO BAJO LA TOTAL OSCURIDAD Y CENSURA EN ESTE MOMENTO Y TOTAL INDEFENSIÓN POR VULNERACIÓN DEL ART 24 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA SOBRE LA QUE DICE VIVIMOS EN UN ESTADO DE DERECHO:

Miguel Angel Delgado González con DNI 32413124Y y domicilio en C/ Juan Castro Mosquera C.P A Coruña y considerando que los hechos de este relato confluyen en un punto cuyo único objetivo es inducir mi muerte prematura a través de ardices jurídicos, administrativo cuyo amparo vengo solicitando sin que se tengan en cuenta las directivas europeas de denunciantes de corrupción, mi presunción de inocencia y lo que considero formas jurídicas de dar la vuelta a lo por mi declarado obviando declaraciones por mi relatadas, documentos y rechazo sobre la petición de pruebas exculpatorias vulnerando sistemáticamente mi derecho a la Tutela Judicial Efectiva como se documenta en los documentos adjuntos a este escrito.

Como Presidente de la Plataforma en Defensa del Sector Marítimo Pesquero de Galicia y director de varios medios de comunicación Digitales pongo en su conocimiento hechos de extrema gravedad para el desarrollo de nuestra sociedad como gallegos/as sobre presuntas irregularidades documentadas que están sucediendo bajo el Gobierno de Feijóo en la Xunta, convencidos de que su labor va más allá de las promesas y palabras en la defensa de Galicia y los Gallegos, le puedo trasladar las denuncias y documental con el ruego de que hagan suyas las iniciativas y de esa forma podamos dar un poco de transparencia a la gestión pública para dignificar la vida política y pública como un derecho para no solo nosotros, si no para nuestros descendientes cuyo único legado le podemos dejar, este comunicado y denuncias no salen gratis ya que esta en grave peligro mi integridad física a la que parece no dar importancia el Juzgado de Santiago cuando contempla impasible al letrado del Sr Calenti la impunidad de un interrogatorio digno de la SS de la Alemania de Hitler o los campos de Concentración ( ocultando parte del interrogatorio en la declaración cuyos testimonio en Santiago han quedado sepultados por los allí reunidos entre los que se encontraba la abogada de oficio renunciante que se mantuvo inamovible sobre mi defensa renunciando a cualquier tipo de pregunta sobre los hechos, a falta de acceder a la de momento inaccesible grabación mientras que hay testimonios en el Juzgado de A Coruña cuyo relato pueden testificar todo ello mientras este dicente sufría un ataque de ansiedad que me llevó directamente a urgencias y la solicitud a la Magistrada de amparo quedó en respuestas del letrado del Sr Calenti en sede judicial " por mi puede morirse cuando quiera no es mi problema ni me importa en absoluto " ) por que tanto el Sr Feijóo como sus alguaciles altos cargos del PPdeG en la Xunta se desesperan por inducirnos al fallecimiento físico y así poder poner fin a tanta corrupción instalada en la actual autonomía en la que vivimos.

La letrada de oficio Yolanda con su sentencia anticipada "ver documental adjunta" cataloga al compañero que presentó la querella de ( denunciante falso ) y deja la ética profesional y humana abandonando en el momento justo a su cliente tirado literalmente en manos de los querellados, retratando el miedo y terror que sientes los letrados de oficio en Santiago sobre asuntos que tengan que ver con los denunciados y la corrupción.

Montero Villar ( esposo de una magistrada en Santiago) con Despacho en esa misma ciudad fue contratado por Millán Calenti para defender sus asuntos públicos y personales cuyos datos y documentos constan en las diligencias procesales.

Los partes médicos posteriores al día del fuerte interrogatorio ( nada que ver con una declaración de querellante) 1 de Febrero de 2021 con conciliación pendiente al día siguiente 2 de Febrero en el Juzgado de A Coruña (constan en las diligencias citación) por segunda querella del Sr Calenti me llevaron a urgencias que se me mutilaron su presentación de informes médicos con la fulminante renuncia y archivo de la causa y que acompaño a este escrito para su comprobación,y que son reveladores.

Convencido que la futura sentencia va a ser condenatoria y un elixir comparado con el acoso al que estoy sometido con la contemplación y pasividad de la instructora que me niega y mutila todo derecho a la defensa llegando a imponerme contra mi voluntad abogado de oficio que había pedido la renuncia a lo que hizo caso omiso junto a las pruebas exculpatorias o excepto Veritatis que ignoró por completo junto a las directivas europeos de protección contra periodistas que denuncian corrupción, admitiendo la totalidad del querellante sr Calenti, interrogatorios desmedidos cuyas declaraciones no reconozco como propias, medidas cautelares, persecución de mi hermano en la UCI de un Hospital por la policía falleciendo días después, fianzas desproporcionadas que superan los 300.000 euros penas de más de 10 años de cárcel y lo más grave, permitir con el archivo que los querellados me tachen impunemente en el dominio web a nombre de la FGK de calumniador, querulante, excluido social, y de intentar en sede judicial buscar mi muerte por infarto con un interrogatorio en el que reiteradamente solicité Amparo a SS que me ignoro por completo junto a la abogada de oficio renunciante, alentando aún más al interrogador que llegó a decir que mi muerte ni le inmutaba como si me moría allí mismo, hechos que no constan en el acta de declaración que no admito como propia y que la grabación de la misma dejara al descubierto el intento de homicidio contra mi persona.

Su apoyo y labor política es sumamente importante en base a que Miguel Delgado, en grave riesgo de fallecer por el intento de homicidio de Rafael Álvaro Millán Calenti, Mar Sánchez Sierra y sus vinculados remitiéndonos día sí día también, buro faxes de amenazas de querellas, conciliaciones y llamadas de teléfono cuyo terror consta escenificado en el juzgado Nº 1 de Santiago de Compostela donde curiosamente llegan todos los trámites judiciales de nuestra actividad y que a día de hoy más de 17 abogados nombrados de oficio no tenemos ninguno activo, todos renuncian proporcionalmente al 50% por baja de enfermedad ( convirtiéndose así en los letrados más enfermos de España, asunto insostenible, sin ni siquiera mirarlo (documentado y grabado se adjunta) y algunos desaparecen del sistema de comunicación y vida pública sin dar respuesta nunca de los procesos que le han correspondido, mientras el Sr Millán Calenti se jacta de tener pleno control en los juzgados de Santiago a través del marido de una de las magistradas cuyos vínculos públicos también están documentados.

Entiendo que del grueso registro de procedimientos que constan en el Juzgado 1 de Santiago con centenares y miles de páginas ( entre las que se encuentra la negativa de mi historial clínico negado por el testigo del Sr Calenti y Secretario de Sanidad Sergas )

Captura del escrito de querella;

D. MIGUEL ÁNGEL DELGADO GONZÁLEZ, mayor de edad, vecino de A Coruña, con domicilio en C. Juan Castro Mosquera nº 28 - .2º D – A Coruña (A Coruña) y NIF 32413124Y, cuya designación y representación acredita mediante copia del acuerdo de designación (Documento nº 1), notificación del reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita con confirmación de Abogado y Procurador designados de oficio (Documento n.º 2) y poder especial apud acta para interponer querella (Documento n.º 3), ante el Juzgado comparece y como mejor proceda en derecho, D I C E:

Que, en la indicada representación interpone QUERELLA por la posible comisión de los delitos de malversación de fondos públicos, tipificado en los artículos 432 y siguientes del Código Penal, un delito de lesiones, tipificado en el artículo 147 del Código Penal, un delito de atentado contra la integridad moral: tipificado 175 del Código Penal, un delito contra la intimidad y el derecho a la propia imagen tipificado en los artículos 197 y siguientes del Código Penal, un delito de injurias graves con publicidad del artículo 209 del Código Penal, un delito de calumnias con publicidad y un delito de Infidelidad en la custodia de
documentos de los artículos 413 y siguientes del Código Penal, frente a:

- D. RAFAEL ÁLVARO MILLAN CALENTI, mayor de edad, vecino de Santiago de Compostela, con domicilio en Santiago de Compostela (A Coruña)
- D. FERNANDO SUÁREZ LORENZO, mayor de edad, vecino de Santiago de Compostela, con domicilio en Secretaría da Presidencia – Xunta de Galicia
- FEDERACIÓN GALLEGA DE KARATE Y DISCIPLINAS AFINES, con domicilio en Casa do Deporte, C. Luis de Requeséns s.n. 15406 Ferrol (A Coruña) y CIF G36640019
De conformidad con lo previsto en los artículos 270 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con base y fundamento en los siguientes:

HECHOS

Los hechos en los que se funda la presente acción penal son los siguientes:
En el mes de febrero de 2018 se creó el dominio webwww.rafaelalvaromillancalenti.es , dedicado en exclusiva a la publicación, de forma púbica y reiterada, de informaciones que desprestigian al querellante D. Miguel
Ángel Delgado González, asimismo en la mencionada página se están divulgando datos personales del mismo que afectan a su vida tanto privada como pública.

El titular del dominio web www. rafaelalvaromillancalenti.es, según el WHOIS –Protocolo TCP que permite determinar el propietario de un nombre de dominiowww. rafaelalvaromillancalenti.es, era la Federación Gallega de Karate(organismo de carácter público). Siendo el Editor y responsable del contenido del Dominio el querellado D. Rafael Álvaro Millán Calenti y el administrador de la web el también querellado D. Fernando Suárez Lorenzo

Posteriormente, más de ocho meses después, se produjo un cambio en la titularidad del dominio, pasando el titular a ser el propio editor D. Rafael Álvaro Millán Calenti

Por lo tanto se estaría utilizando un dominio de una entidad pública, que usa fondos públicos, en beneficio personal de los querellados y de la divulgación informaciones que vierten contra el querellado.

La continua divulgación de datos personales del señor Delgado a través de la mencionada página web le ha originado a éste la necesidad de someterse a tratamiento médico.

Por el querellante se solicitó, ante el Ministerio Fiscal, la incoación de Diligencias de Investigación. Dictándose,en fecha 25 de abril de 2019, Decreto del Ministerio Fiscal decretando el archivo de las diligencias de investigación penal al considerar que los hechos denunciados no revisten los elementos
integrantes de delito alguno y que, en todo caso, el Ministerio Fiscal no está legitimado para presentar denuncia en representación del denunciante

Se acompañan los siguientes documentos:

- Como documento número 4, Captura del Registro Nacional de España de dominios, de fecha 3 de agosto de 2018, en el que consta como titular del dominio web la Federación Gallega de Karate, Identificador 1091423-ESNICF5.

- Como documento número 5, Certificación emitida por Red.es, acreditativa de que el administrador de la web www. rafaelalvaromillancalenti.es es D.Fernando Suárez Lorenzo

- Como documento número 6, Publicación en la página web www.rafaelalvaromillancalenti.es de la providencia y auto de admisión de querella presentada contra D. Miguel Ángel Delgado González y otros contenidos

- Como documento número 7, Informe pericial emitido por el Perito informático D. Miguel Gallardo sobre el estudio del dominio www.rafaelalvaromillancalenti.es,

- Como Documento n.º 8, Decreto del Ministerio Fiscal de fecha 25 de abril de 2019, decretando el archivo de las diligencias de investigación penal.

- Como documento n.º 9 Informe de alta de urgencias de D. Miguel Delgado González, de fecha 9 de julio de 2019, con el tratamiento médico prescrito.

Por el querellante se llamó a conciliación a D. Rafael Álvaro Millán Calenti y D. Fernando Suárez Lorenzo para que reconociesen los hechos a los que se refiere este escrito, cesasen en la actividad de desprestigio al querellante e indemnizasen los daños y perjuicios causados.

La presentación de la papeleta de conciliación dio lugar a los autos de Conciliación n.º 670/2019 del Juzgado de Primera Instancia N 5 de Santiago de Compostela.

Los conciliados no comparecieron al acto de la conciliación

Igualmente se llamó conciliación, en dicho sentido a la FEDERACIÓN GALLEGA DE KARATE Y DISCIPLINAS AFINES, dando lugar a la Conciliación n º 855/2019, del Juzgado de Primera Instancia N 5 de Ferrol. Conciliación que
terminó sin avenencia.

Se acompañan los siguientes documentos:

- Como documento n.º 10, testimonio de la papeleta de conciliación, acta de conciliación y Decreto, de fecha 14 de enero de 2020, referido a la conciliación celebrada frente a D. Rafael Álvaro Millán Calenti y D. Fernando Suárez Lorenzo, documentos obrantes en autos de Conciliación n.º 670/2019 del Juzgado de Primera Instancia N 5 de Santiago de Compostela, señalando los archivos de dicho Juzgado a efectos probatorios
- Como documento n.º 11, testimonio del acta de conciliación frente a la FEDERACIÓN GALLEGA DE KARATE Y DISCIPLINAS AFINES, y papeleta de conciliación, escrito de contestación de la parte Conciliada y Decreto de fecha 2 de diciembre de 2019, obrantes en autos de Conciliación 855/2019, del Juzgado de Primera Instancia N 5 de Ferrol celebrada frente a FEDERACIÓN GALLEGA DE KARATE Y DISCIPLINAS AFINES, señalando los archivos de
dicho Juzgado a efectos probatorios

Los hechos descritos pudieran ser constitutivos, entre otros, de los siguientes delitos:

- Delito de malversación de fondos públicos: Tipificado en los artículos 432 y siguientes del Código Penal.

- Delito de lesiones : El artículo 147 del Código Penal, castiga como autor de un delito de lesiones al que por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental.

- Delito de atentado contra la integridad moral: tipificado 175 del Código Penal.

- Delitos contra la intimidad y el derecho a la propia imagen tipificados en los artículos 197 y siguientes del Código Penal

- Un delito de injurias graves con publicidad del artículo 209 del Código Penal.

- Un delito de Infidelidad en la custodia de documentos: Artículos 413 y siguientes del Código Penal

- Un Delito de calumnias con publicidad, tipificado en los artículos 205 y 211 del Código Penal

Que por esta parte se proponen los siguientes medios de prueba, sin perjuicio de otros que se puedan instar en el curso de la instrucción:

1.- DECLARACIÓN DE LOS QUERELLADOS D. Rafael Álvaro Millán Calenti , D. Fernando Suárez Lorenzo y representante legal de la FEDERACIÓN GALLEGA DE KARATE Y DISCIPLINAS AFINES

 

Estimado Sr Presidente, Sra María del Mar Sánchez Sierra, Sr Conselleiro Sanidad, Sr Julio García Comesaña, Sr Rafael Álvaro Millán Calenti y servicio de atención al paciente Xunta de Galicia.

ASUNTO DOCUMENTAL Y CONSTANCIA SOBRE ACOSO Y PERSECUCIÓN CON FINES DE EUTANASIA INDUCIDA CONTRA MI PERSONA E INTENTO DE CERRAR LA ONG SIN ÁNIMO DE LUCRO “PLADESEMAPESGA Y XORNALGALICIA “ mediante ardices inducidos del acoso psicológico y judicial gestionado por el Funcionario y letrado Rafael Álvaro Calenti y el encubrimiento del Secretario Xeral de la Consellería de Sanidad, en lo que yo creo son instrucciones de Usted Sr Presidente y la Secretaria de Medios Mar Sánchez Sierra cuyo amplio historial debería tener conocimiento.

Tercer comunicado-oficio ampliación a los correspondientes de 2020/2181798 Solicitude-PR004A-20201112.pdf 12-11- 2020 11:33 SECRETARÍA XERAL TÉCNICA DA CONSELLERÍA DE SANIDADE Y 2020/2181719 DATA E HORA DA PRESENTACIÓN 12-11-2020 11:28 DESTINO SECRETARÍA XERAL DE MEDIOS. SOBRE MI SALUD E HISTORIALES CLÍNICOS QUE YA CONSTAN ANTE LOS REGISTROS DE LA XUNTA DE GALICIA QUE DAMOS POR REPRODUCIDOS EN SU TOTALIDAD.

Independientemente de otros procesos que se siguen por la misma causa.

Miguel Ángel Delgado González, con D.N.I 32.413.124-y Teléfono 981 926397, 630389871 Domicilio a efectos de notificaciones en, C/ Juan Castro Mosquera, 28 2º Dcha. 15.005 A Coruña, comparecen a través do presente escrito e como mellor proceda DIGO:

Que doy por reproducidos los oficios y comunicados remitidos en aras a la brevedad y al mismo tiempo pongo en su conocimiento que dando continuidad al acoso psicológico, y siguiendo sin conocer la evolución de mi grave enfermedad, el funcionario de sanidad sr Rafael Álvaro Millán Calenti continúa con su actividad persecutoria contra mi persona en lo que yo creo son instrucciones de Usted y la Secretaria de Medios Mar Sánchez Sierra con una nueva querella con todo tipo de descalificaciones indignas de la representación pública y ataque directo a la libertad de expresión, Código Ético de la Función Pública y de un profesor de derecho en la USC que intenta victimizarse por los mismos hechos de su función pública, que se suman a las ya existentes en un desesperada CARRERA con la intención de cerrar Xornal Galicia y provocarme una eutanasia inducida, como bien sabe en la desesperada persecución en cuyo trayecto implicaron al recientemente fallecido, mi hermano al que mandaron la policía estando en la UCI no ha sido freno, la ni el grave estado de salud ocasionado a mi persona, y mucho menos el oficio de la fiscalía de Santiago en el que afirma presentar las querellas sin pruebas negándose a realizar escrito de acusación contra mi persona ( se adjunta ), mientras no solo tengo que enfrentarme a los manzanillos y mermeleros inducidos por altos cargos de su gobierno, si no que sigo en tratamiento por una fuerte depresión, todo ello está provocando un miedo y terror a salir solo de mi casa permaneciendo recluido ante lo que entiendo podría ser víctima de tratos físicos violentos al comprobar que no cedo ante el acoso al que estoy siendo sometido.

El motivo de ponerlo en su conocimiento no es otro que dejar constancia documentada del mismo a los efectos legales oportunos, por que el cumplimiento de la legalidad administrativa consta incumplida y documentada en los documentos integrados y anexados al expediente, y
a la vista de los resultados cuya única respuesta es el intento de una nueva querella criminal del por ustedes enviado o inducido cuyo relato es más de lo mismo, la continuidad en ocultarme y negarme el historial clínico y la información de la evolución del cáncer diagnosticado a día de hoy, permaneciendo todos mis intentos bajo el silencio administrativo son esclarecedores y evidencian la maldad de su representación publica contra mi persona, por lo que les participo que ! Moriré con las botas ! Puestas ! Sobre lo que ya di instrucciones oportunas para que se haga Usted cargo de mi cadáver, al mismo tiempo, dejar constancia una vez más que se suman a las ya declaradas en sede judicial, de que pierden el tiempo si creen que estos comportamientos van poner fin a mis derechos legales y de salud, o derecho por una vida digna.


A todo ello como si de una burla se tratase el responsable d ella Secretaría de Medios reenvía al Sr Alberto Fuentes Losada las quejas y solicitudes presentadas que a su juicio y por la materia es a quien corresponden, lo que dejamos también constancia que nos parece una burla a la inteligencia humana para evadirse de las propias responsabilidades públicas, ya que, el destinatario de los oficios d ella Secretaría de medios es socio colaborador, encubridor y testigo de cargo también funcionario de confianza de su Gobierno, Sr Alberto Fuentes Losada Secretario Xeral Técnico de la Consellería de Sanidad, recusado, querellado y presuntamente prevaricador al negar cualquier procedimiento o respuesta a los procesos administrativos en lo que entiendo como un acto doloso de encubrimiento y colaboración de las irregularidades que se denuncian, el mismo da rienda suelta al acoso de mi persona, mutilando cualquier iniciativa legal de los procesos administrativos que me corresponden.

Una vez más le exijo como ciudadano a su Presidente de las ordenes oportunas para que se ponga fin inmediato a la persecución y cese fulminante o apertura de una investigación antes de mi exterminio sobre el que dejo instrucciones para el que la hace que la pague aunque sería el menor de los males, el peor mal a la Galicia del Siglo XXI son los modos de gobernar bajo los hechos de este expediente que se suman a cientos de quejas y denuncias entre otras por funcionarias que dicen ser victimas de violencia de género, pero nada nuevo le voy a contar que no conozca Usted.

Se adjunta documentos acreditativos integrados en este pdf y correspondientes a la solicitud de amparo contra la persecución de este ciudadano que su único pecado es la honradez, libertad y vida en democracia, una pensión de 392 euros y 3 euros en su cuenta que Mar Sánchez Sierra y el Sr Rafael Álvaro Millán Calenti se han enzarzado en vía judicial de piezas separas para dejarme sin ellos a sabiendas de que es ilegal a lo que hay que sumar la nueva incursión del por ustedes manda Sr Calenti con una nueva querella en la que pide otros 50.000 euros.. se adjunta documental para su uso y disfrute.

Por supuesto dejamos informados a los siguientes perseguidores/as de denunciantes de corrupción que tienen como negocio pedir indemnizaciones por supuestas calumnias y derechos al honor de sus actividades públicas bajo ardices judiciales atentando contra la libertad de expresión, Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión estando muy clara (se adjunta ) y que hacemos nuestra la Directiva (UE) 2019/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público, el Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea y la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal, también la resolución del Grupo de Trabajo sobre la Convención de las Naciones Unidas Contra la Corrupción (CAC/COSP/WG.2/2016/CRP.1) en la que se establece que:

Mientras que la Convención no provea una definición sobre quién es víctima de corrupción, es importante adoptar una noción amplia e inclusiva que reconozca tanto a individuos, entidades y estados como posibles víctimas de corrupción;

La sociedad civil y las organizaciones no gubernamentales juegan un papel importante en asegurar que las víctimas de corrupción sean representadas en los procedimientos, y como tales deben estar facultadas para denunciar el delito, aportar evidencia, representar a las víctimas o presentar denuncias de interés público;

La reparación del daño causado por el delito no debe estar basado en una interpretación restrictiva del concepto de daño, sino en un análisis amplio del daño causado por el acto de corrupción. Ello debe incluir el reconocimiento del daño colectivo causado a la sociedad.”. Este documental sobre los personajes más enigmáticos y conocidos de la historia contemporánea de la Xunta de Galicia y sus entes adscritos, cuyos altos cargos públicos de confianza retratan a la perfección su "modus operandi" de entender la información pública y Transparencia de Galicia de forma, oculta, censora, materialista, ambiciosa, vengativa, fría y desalmada. Todo ello nos permite decir que los nombrados deberían investigarles a fondo en Bruselas, su personal patrimonio y las actividades que pudiesen pasar el límite de lo permitido pues en Galicia y España la pérdida de confianza en la justicia y la administración que Usted Preside es total.

Miguel Angel Delgado González

 

 

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